En el día de hoy 30 de septiembre de 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria en el presente proceso, comparece la parte actora en la persona de la ciudadana JENNIFER CECILIA SEGURA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.532.046, debidamente asistida por el Procurador de los Trabajadores Abogado NELSON JOSÉ PINEDA GOLLO, ambos supra identificados, POR LA PARTE DEMANDADA comparece la Apoderada Judicial Abogada MARÍA DEL CARMEN DE JESUS LEON, supra identificada, con la facultad que consta en autos en el folio 22, y 23 del cuerpo físico del presente asunto. En este estado, la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la totalidad del monto condenado en el presente expediente el cual es por la cantidad de DIECISEIS MIL CIENTO CUARENTA BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. F. 16.140,76), para ser pagado en cuatro partes discriminados en la siguiente forma: un primer pago el día de hoy por la cantidad de Bs. 3.000,00, a través de cheque Nro. 21004259, con fecha 29 de Septiembre de 2009, elaborado a nombre de la Trabajadora JENNIFER CECILIA SEGURA HERNANDEZ, girado contra la cuenta de la Demandada ALIMENTOS LA SIRENA C.A., del Banco de Venezuela Nro. 0102-0358-93-0000076717, el SEGUNDO, TERCER Y CUARTO PAGO en las fechas: el 30 de Octubre, 30 de Noviembre y 16 de Diciembre de 2009, todos por la cantidad de Bs. 4.380,00; en la sede del Tribunal a las 10:00 a.m. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos sentenciados. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los salarios caídos ni ningún otro concepto que sea consecuencia de la prestación del servicio, por cuanto así ya han sido acordados y pagados en el presente asunto.