JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, SIETE (07) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
199º y 151º

Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano ANTONIO ROJAS, actuando con el carácter de auto, mediante la cual solicita que se libre oficio a la demandada, a fin de participarle lo acordado y se le acompañe copia certificada del auto que corre inserto al folio 119, para lo cual solicita se comisione al Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres del Estado Monagas, para que le haga entrega personal a la ciudadana NATACHA DEL VALLE FIGUEROA GOITE, del oficio solicitado, ya que la mencionada ciudadana tiene su domicilio en la población de Caripito, el Tribunal previa revisión de las actas procesales constata que lo acordado en el presente juicio, lo cual corre inserto al folio 119, es el decreto de una medida innominada, para lo cual se libró Despacho al Juzgado Ejecutor de Medidas competente con jurisdicción donde está ubicado el inmueble objeto de la presente litis, por lo cual mal podría este Juzgado comisionar al Tribunal de los Municipios Bolívar y Punceres de esta Circunscripción Judicial, para que el ciudadano Alguacil de ese Despacho, haga entrega de dicho oficio, a la parte contra quien este Tribunal decretó la referida medida, por cuanto no es la vía idónea para lograr la materialización de la medida decretada, visto que se escapa del ámbito de su competencia, razón por la cual se NIEGA lo solicitado Y así se decide.-



DR. ARTURO LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES
SECRETARIA
EXP. 30. 634