REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 15 de Abril de Dos Mil Diez.

199° y 151°

Vista la solicitud de AUTORIZACION DE PASAPORTE presentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA PRADO BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.826.673, domiciliada en la Urbanización Los Godos, Calle 11, sector II, casa N° 12, Maturín, Estado Monagas, quien actúa a favor de los derechos de su hijo (Cuya Identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, Abogada ANA ROSA GIL, admítase, anótese, numérese y fórmese expediente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en Artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 52 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, AUTORIZA a la ciudadana MARIA ALEJANDRA PRADO BARRIOS, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo arriba identificado, realice ante las Autoridades del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Estado Monagas (SAIME), adscrita al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, la obtención del Pasaporte de su hijo y demás trámites legales que sean necesarios. Expídase por secretaría copias certificadas de estas actuaciones y entréguesele a la interesada, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-
LA JUEZA PROFESIONAL SEGUNDA

Abg. ELINA CIANO DE COOL´S




LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA






Exp. N° 8370-2.010
JACKISS