REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 28 de Abril de Dos Mil Diez.

200° y 151°

Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL suscrita por la ciudadana LUZ MARINA CAMARGO BECERRA, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-35.475.450, de este domicilio, quien actúa a favor de los derechos de su hija (Cuya Identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistida por el Abogado en ejercicio EMILIO CARPIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.141, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en su Interés Superior de la Adolescente arriba identificada, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, AUTORIZA a la ciudadana LUZ MARINA CAMARGO BECERRA, antes identificada, para que en nombre y representación de su hija Adolescente, retire y reciba el cheque de Gerencia que a la orden de este Tribunal debe emitir la Gerencia del Banco BANESCO, Banco Universal por motivo del pago del Cincuenta por Ciento (50%) de la Póliza de Vida Integral N° 01000009620005079119, y certificado N° 00079119, dejado por su tío, ciudadano OSCAR ANDRES CAMARGO (Difunto), quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.189.731, de este domicilio. Expídase por secretaría copia certificada de estas actuaciones a la parte interesada. Asimismo, remítase a la referida Entidad Bancaria copia certificada del presente auto, a los fines legales consiguientes. De igual forma, se acuerda nombrar como Correo Especial para retirar y consignar ante la Entidad Bancaria el oficio que se ordena librar. Se libró oficio N° 18706-2.010. Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S


LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA



EXP. N° 8442-2.010
JACKISS