REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 07 de Abril de Dos Mil Diez.

199° y 151°

De la revisión de las actas que conforman la presente causa de AUTORIZACIÓN JUDICIAL presentada por la ciudadana MARIA DEL VALLE LEONET, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.895.340, de este domicilio, a favor de su hija NARCELYS DEL VALLE MONTERO LEONETT, venezolana, de Dieciocho (18) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.876.134, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JUAN AGUSTIN BELLO MALAVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.930, este Tribunal observa que la beneficiaria de la presente solicitud adquirió la mayoría de edad, por haber nacido en esta Ciudad de Maturín, en fecha Dos de Enero de Mil Novecientos Noventa y Dos (02-01-1.992), tal como consta en el Acta de Nacimiento de la misma, expedida por la Dirección de Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, cursante al folio Cinco (05) del presente expediente, y en consecuencia, adquirió plena capacidad Jurídica en el ejercicio y goce de sus derechos, por lo cual, no se hace necesario otorgar la autorización solicitada ante este Juzgado. Se da por terminada la acción interpuesta y se ordena el cierre y archivo del presente Expediente signado con el N° 7920-2.010. Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL SEGUNDA

Abg. ELINA CIANO DE COOL´S


LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
Exp. N° 7920-09/JACKISS