Comisión: 05203
ANTONIO ROJAS/ BENITO GAETANO CICCO
En horas de Despacho del día de hoy 20 de Abril de 2010, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el abogado en ejercicio ANTONIO ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.632, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante ciudadanos: NADRINA VARGAS PIÑANGO, REINHARDT AYALA GUZMAN, HIDELJAN DI SALVO ALCALA, EGLIS CLOCIEL MOREY, JUANA MORENO DE RODRIGUEZ, COROMOTO YDROGO DE AYALA, YENNIRE CARDIEL, DESIREE GARANTON HERMOSO, MARIANA CARDENAS SANTAMARIA, YESENIA SOTO DIAZ, YAMILKAR VENALES CARREÑO, NORELYS MARIN LISBOA, SIXTO DEL VALLE NAPOLE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.422.324, 3.222.909, 15.882.611, 8.448.076, 5.395.190, 6.523.500, 18.268.174, 16.332.822, 17.091.213, 16.411.567, 16.373.313, 14.110.229 y 8.350.5123, con motivo del Juicio de Querella Interdictal de Amparo, incoado contra BENITO GAETANO CICCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.298.256, a los fines de materializar la Medida de Amparo a la posesión a favor de la parte querellante sobre un lote de terreno de (3.073,19 Mts2), ubicado en la Avenida Orinoco, cruce con calle 23 (antes calle Junin sur) parcela S/N, Maturín Estado Monagas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida Orinoco, su frente en sesenta y nueve con ochenta metros (69,80 Mts), SUR: Su fondo correspondiente, en ciento diez con noventa y tres metros (110,93 Mts), ESTE: Casas que son o fueron de Rosalinda Mirabal, Isaías Briceño, familia Dique y calle 23 (calle junin sur), en veintitrés con sesenta y cinco metros (23,65 Mts), OESTE: Casa que es o fue de Lilia Uray en sesenta y seis con cincuenta metros (66,40 Mts). Y siendo las 9:40 a.m, se constituyo el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Presente NADRINA VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº11.422.324, a quien el Tribunal notifico de su misión. Acto seguido interviene la parte actora: Pido al Tribunal otorgue la protección acordada por el Tribunal de la causa sobre todos y cada uno de las personas que ocupan este inmueble donde se encuentra constituido y objeto de esta querella, tal protección le solicito al Tribunal que se haga contra cualquier de hecho y de derecho para que se le de cumplimiento a la posesión que ellos han venido ejerciendo en forma pacifica, publica y notoria, y a la vista de todos. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara el Amparo a la posesión a favor de la parte querellante ciudadanos: NADRINA VARGAS PIÑANGO, REINHARDT AYALA GUZMAN, HIDELJAN DI SALVO ALCALA, EGLIS CLOCIEL MOREY, JUANA MORENO DE RODRIGUEZ, COROMOTO YDROGO DE AYALA, YENNIRE CARDIEL, DESIREE GARANTON HERMOSO, MARIANA CARDENAS SANTAMARIA, YESENIA SOTO DIAZ, YAMILKAR VENALES CARREÑO, NORELYS MARIN LISBOA, SIXTO DEL VALLE NAPOLE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.422.324, 3.222.909, 15.882.611, 8.448.076, 5.395.190, 6.523.500, 18.268.174, 16.332.822, 17.091.213, 16.411.567, 16.373.313, 14.110.229 y 8.350.5123, sobre un lote de terreno de (3.073,19 Mts2), ubicado en la Avenida Orinoco, cruce con calle 23 (antes calle Junin sur) parcela S/N, Maturín Estado Monagas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida Orinoco, su frente en sesenta y nueve con ochenta metros (69,80 Mts), SUR: Su fondo correspondiente, en ciento diez con noventa y tres metros (110,93 Mts), ESTE: Casas que son o fueron de Rosalinda Mirabal, Isaías Briceño, familia Dique y calle 23 (calle junin sur), en veintitrés con sesenta y cinco metros (23,65 Mts), OESTE: Casa que es o fue de Lilia Uray en sesenta y seis con cincuenta metros (66,40 Mts). Es todo. sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:10 a.m.-
La Juez Suplente Especial,
El apoderado actor

La Persona Notifica


La Secretaria