REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 06 de Abril de 2010
199° y 151°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2010-000073
DEMANDANTE: MARIA DELFINA RIVAS DE SUCRE
APODERADO JUDICIAL ESPECIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. ERASMO HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: POLICLINICA ELOHIM, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. ROSALBA REGARDIZ
MOTIVO: COBRO DE BENEFICIO DE CESTA TICKET
En el día hábil de hoy martes seis (06) de Abril de 2010, siendo las 9:30 AM.,oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Beneficio de Cesta Ticket, le tiene incoado la ciudadana: MARIA DELFINA RIVAS DE SUCRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 3.495.509, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia el abogado, ERASMO HERNANDEZ, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 104.311, en su condición de apoderado judicial Especial de la parte actora, como Procurador Especial de Trabajadores, y a su vez, la abogada en ejercicio ROSALBA REGARDIZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 69.012, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la empresa demandada, ofrece pagar a la extrabajadora la cantidad de NUEVE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 9.000,00), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para ser pagados el día martes trece (13) de abril de 2010, lo cual hará la demandada mediante la consignación, de cheque, con la leyenda de No Endosable, por la cantidad antes descrita, a nombre de la ciudadana MARIA DELFINA RIVAS DE SUCRE, parte actora en la presente causa, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), para ser retirados por la misma. Oferta esta que es aceptada por la demandante y su apoderado judicial, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables de la extrabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el cumplimiento de lo aquí acordado. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas en este mismo acto. Siendo las 10:00 AM. Se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
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