REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de abril del 2.010.
199º y 151°
Visto que en fecha 11 de noviembre del 2.009, este Órgano Jurisdiccional, libró oficio N° 9819 a la Unidad de Actos de Comunicación (UAC), solicitándole información sobre la resulta del Oficio N° 9523 librado a Central Banco Universal, en fecha 31 de marzo del 2.009, visto así mismo, que en fecha 22 de marzo del 2.010, se recibió Oficio N° 060/2010 proveniente de la mencionada Unidad, mediante la cual deja constancia que el Oficio N° 9523, antes identificado, fue asignado en fecha 11 de noviembre del 2.009, al ciudadano Vicenzo Rizzo, en su carácter de Alguacil de este Tribunal; este Órgano Jurisdiccional en virtud del tiempo transcurrido desde el 03 de abril del 2.009, hasta la presente fecha, sin haber recibido respuesta de dicha notificación, y teniendo conocimiento de la renuncia al cargo, por parte del mencionado Alguacil, hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Deja sin efecto el oficio N° 9523 librado a Central Banco Universal, en fecha 31 de marzo del 2.009.
SEGUNDO: Ordena librar Oficio a la supra mencionada entidad Bancaria. Líbrese Oficio.
El Juez Titular,
Ricardo caigua Jiménez.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Fecha Ut Supra: Se libró Oficio N° 9978.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto N° AP41-U-2009-00028
RCJ/eli.
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