REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de Abril de 2010
199º y 151º

Vista la diligencia de fecha 08-04-2010, interpuesta por la ciudadana Vanesa Mejias, en su carácter de apoderada judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, mediante la cual solicita que la presente causa se reponga al estado de notificación al Sindico Procurador Municipal del Municipio Baruta del Estado Miranda, por cuanto que la misma fue librada y entregada al Sindico Procurador Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda; con la finalidad de corregir tal error; haciendo uso de la facultad otorgada a los Jueces, en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal decide:
1. Revocar por contrario imperio el auto de admisión de fecha 26 de febrero 2010.
2. Reponer la presente causa al estado de librar boleta de notificación al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Baruta del Estado Miranda.
3. Librar Boleta de Notificación al Sindico Procurador del Municipio Baruta del Estado Miranda, de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Una vez consignada dicha boleta, el Tribunal procederá de conformidad con el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Líbrese Boleta de Notificación.
El Juez Titular,


Ricardo Caigua Jiménez
La Secretaria Accidental,


Abighey Díaz Gaster.

Fecha Ut Supra: Se Libro Boleta de Notificación
La Secretaria Accidental,


Abighey Díaz Gaster.


Asunto N° AP41-U-2009-0000614
RCJ/astrid