REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Abril de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP41-U-2010-000122 INTERLOCUTORIA N° 37/10
Visto el escrito de promoción de pruebas de la articulación probatoria de cuatro (04) días de despacho a que se contrae el primer aparte del artículo 267 del Código Orgánico Tributario, presentado por la abogada Danny Sueldo Escalona, titular de la cédula de identidad N° 8.516.540 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 60.367, actuando en su carácter de abogada sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, constante de cuatro (04) folios útiles y cinco (05) anexos constante de nueve folios útiles, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- DEL MERITO DE AUTOS: Se reproduce el merito favorable que consta en autos a favor de la parte recurrente.
2.- DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos promovidos anexos al escrito de oposición a la admisión de la demanda identificados en las letras “B”, constante de (02) dos folios útiles la cual consta de copia certificada de citación identificada con el GCE/DR/ACM/1067 debidamente notificada en fecha diecisiete (17) de noviembre del año 2006. Así como el Escrito de Acuerdo de Pago N° 019892 identificado con la letra “C”, copia certificada del Acta de Intimación de Pago de Derechos Pendientes identificadas con el N° SNAT/INTI/GRTCERC/DR/ACIM/2007/776 de fecha veintisiete (27) de noviembre de 2007, identificada con la letra “D”, copia certificada del Acta de Intimación de pago de Derechos Pendientes identificada con el N° SNAT/INTI/GRTCERC/DR/ACIM/2008/534 de fecha trece (13) de junio de 2008, identificada con la letra “E”, copia certificada de la Citación identificada con el N° GCE/DR/ACM/492 de fecha dieciocho (18) de noviembre de 2009, este Tribunal ordena agregar a los autos lo consignado. Así mismo, se hace saber que pasará a pronunciarse sobre la admisión o no del presente recurso al tercer (03) día de despacho, siguiente al de hoy.
El Juez Provisorio.



Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
El Secretario.


Giovanni Bianco Sandoval

GAFR/gbs/ah