REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP11-R-2010-000158
Por recibido el presente cuaderno de medidas, proveniente del Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio número 071-10, en virtud del recurso de apelación ejercido en fecha 26/01/2010, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha 17/11/2009, por el abogado Francisco Gil Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.215, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue la sociedad mercantil C. A., Central, Banco Universal C. A., contra los ciudadanos José Enrique Delgado Nava y Merly Marina Mejias Moreno, este Juzgado a los fines de proveer observa:
En sentencia de la Sala Civil de fecha 10-3-2010, (expediente AA20-C-2009-000673) se reitera el criterio de fecha 10-12-2009, en el que se estableció que la Resolución emanada de la Sala Plena de fecha 18 de marzo de 2009, establece que:
“…a los Juzgados de Municipio corresponderá la competencia para conocer en primera instancia; de asuntos contenciosos que no excedan de …3.000 UT de manera exclusiva y excluyente de todos los asuntos de la jurisdicción voluntaria…, siendo que por vía de consecuencia, las apelaciones que se interpongan contra las decisiones dictadas por los referidos juzgados de municipio, los cuales actuarán como jueces de primera instancia, deberán ser conocidas por los mismos Tribunales que conocerían las proferidas por los jueces de primera instancia, esto es, los Juzgados Superiores con competencia en lo Civil de la Circunscripción judicial a la que pertenecen el Juzgado de Municipio”.-
Dicha resolución es aplicable a partir de su entrada en vigencia, es decir, el 02-04-2009, fecha de publicación en Gaceta, por tanto, habiendo sido interpuesta la demanda por Cobro de Bolívares, en el cual se generó el recurso de apelación que hoy nos ocupa (vuelto del folio 9) en fecha 16/09/2009, es decir,con posterioridad a la entrada en vigencia de la resolución emanada del Máximo Tribunal, el competente para conocer el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, ciudadano Francisco José Gil Herrera contra la sentencia dictada en fecha 17/11/2009, por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial, es el Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, designado por distribución.- Así se establece.-
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal declara su incompetencia para conocer del presente recurso y ordena la remisión del presente expediente al Distribuidor Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- Líbrese oficio.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 28 días del mes de abril del año 2010.- Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ
MARIA ROSA MARTINEZ C.
LA SECRETARIA.-
NORKA COBIS RAMIREZ
En esta misma fecha 28 de abril del año 2010, se publicó y registró la anterior sentencia, librándose de igual forma oficio.-
LA SECRETARIA.-
NORKA COBIS RAMIREZ
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