REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 20 de abril de 2010
200º y 150º
En el juicio de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, incoado por la ciudadana ciudadana REINA JOSEFINA REYES DE HERNANDEZ, contra los ciudadanos JOSEFINA CEDEÑO DE REYES, ERNESTO JOSE REYES CEDEÑO, YENNIS JOSEFINA REYES CEDEÑO, GISELA ANTONIA REYES CEDEÑO, JERRY LICET REYES CEDEÑO, JONNIS ALFREDO REYES CEDEÑO, JESUS ANTONIO REYES CEDEÑO y NORMAN REYES CEDEÑO, visto el escrito que antecede de fecha 14-04-2010, presentado por el abogado Norman Reyes, Inpre No. 45.021, donde apela del auto que acordó el nuevo avalúo de los bienes que conforman el acervo hereditario, este Tribunal observa:
Riela al folio 33, auto de fecha 15-03-2010, que acordó el nuevo avalúo, ordenándose la notificación de las partes.
En fecha 23 de marzo de 2010, consta al folio 37 al 42, la notificación de los abogados Norman Reyes y Rosa Acero, plenamente identificados a los autos.
En fecha 24 de marzo de 2010, consta al folio 43, la notificación del abogado Antonio Castillo.
Ahora bien, notificado con fue la ultima de las partes en fecha 24-03-2010, resulta extemporánea por tardía la apelación formulada por el apoderado judicial de los demandados, abogado Norman Reyes, por lo que no se oye la apelación.
LA JUEZA PROVISORIA

DRA. EUMELIA VELÁSQUEZ M
LA SECRETARIA

ABOG. JHEYSA ALFONZO
EXP. N° 17.846