REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA
EXPEDIENTE Nº 8897-10
SOLICITANTES: JESUS RAMON OROPEZA SILVA y DAMARYS MARGARITA MORENO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.734.139 y V-17.050.815 respectivamente, asistidos por el Abogado EFRAIN VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 94.711.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
Con vista a la presente solicitud presentada en este Tribunal por Distribución en fecha Dieciséis ( 16 ) de Diciembre de Dos Mil Nueve ( 2.009 ), por el SOLICITANTE, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente.
Arguye el SOLICITANTE, que en fecha Veinticuatro ( 24 ) de Agosto de Dos Mil ( 2.000 ) contrajo Matrimonio ante el Jefe Civil del Municipio Autónomo José Rafael Revenga, el Consejo, Estado Aragua.
Así mismo alega, que el último domicilio conyugal fue en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua.
Que de la unión matrimonial no procrearon hijo ni adquirieron bienes de fortuna.
Igual dice, que aproximadamente los primeros días del mes de Febrero de Dos Mil Tres ( 2.003), decidieron no continuar con la vida en común,
encontrándose los hechos descritos que se encuentran contemplados en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
Vencidos los lapsos establecidos en la presente actuación, pasa este Juzgado a decidir la misma con las siguientes consideraciones:
- I -
Con vista a las presentes actas que dieron inicio a estas actuaciones este Juzgado observa: Que se le ha dado cumplimiento a los trámites legales señalados, y que en fecha Cinco ( 05 ) de Febrero de Dos Mil Diez ( 2.010 ) se ordenó citar a la ciudadana DAMARYS MARGARITA MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-17.050.815 y la Notificación al Fiscal Superior del Ministerio Público, tal como consta al folio 4 de estas actuaciones.
Al folio 5, corre inserta diligencia suscrita por el Alguacil de este Juzgado, a través de la cual consignó Boleta de Notificación recibida por la Secretaria del Fiscal Superior del Estado Aragua.
Así mismo corre inserta diligencia suscrita por el SOLICITANTE y la ciudadana DAMARYS MARGARITA MORENO, asistidos por el abogado EFRAIN VELASQUEZ, en la cual se dio por notificada y ambos manifestaron aceptar los términos planteados en la solicitud y ratificaron en todas y cada una de sus partes.
En diligencia suscrita por la Fiscal del Ministerio Público de fecha Dieciséis ( 16 ) de Septiembre de Dos Mil Nueve ( 2009 ), la cual corre al folio 9, no hizo ninguna objeción a la solicitud presentada.
- II -
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