REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 11 de abril de 2010
199º y 151 º

ASUNTO PRINCIPAL : DP01-S-2010-001025
ASUNTO : DP01-S-2010-001025

LA JUEZA: BLANCA GALLARDO GUERRERO
LA REPRESENTANTE FISCAL: 24° MERCEDES SALAS (En representación de la Fiscalia 23° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua)
LA VICTIMA: JOSELIN ALEJANDRA SANCHEZ
EL IMPUTADO: DELVIS JONATHAN CALDERON
LA DEFENSA PÚBLICA: YAMILETH CORONEL
LA SECRETARIA: AMNI HIDALGO SANZ

RESOLUCION JUDICIAL:

Se dicta Resolución Judicial en virtud de haberse celebrado Audiencia Especial de Presentación de Imputado, tal como lo establece el articulo 93, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y siendo la oportunidad para dictar Auto Fundado, es por lo que este Tribunal, a los fines de pronunciarse, Observa:

La representación del MINISTERIO PÚBLICO expuso en forma oral las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos, y la manera como fue aprehendido el ciudadano: DELVIS JONATHAN CALDERON, y solicitó: “Que se califique la aprehensión como flagrante y que la presente investigación se llevará por la Vía del Procedimiento Especial, contenido en el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se califique la flagrancia de conformidad con el articulo 93 Ejusdem. Calificó provisionalmente los hechos que le imputa como: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, asimismo, solicitó la imposición de las Medidas de Protección y seguridad a la victima, previstas en el artículo 87 ordinales 3º, 5º Y 13º, así como el artículo 92 numeral 7º Y 8º, todos de las de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es todo”.

El IMPUTADO, quien expuso: “Mi nombre es DELVIS JONATHAN CALDERON, natural de Villa de Cura, nacido el día 20-07-1986, de 24 años de edad, soltero, profesión u oficio: Fiscal Urbano de Unión Turmero Maracay, residenciado en: Sector La julia, Nº 19, Calle 08 de Octubre, Vía Turmero- La julia, Estado Aragua, teléfono: 0412-585.7332, titular de la cedula de identidad N° 19.003.442:, Con relación a los hechos manifestó: “yo iba a trabajar el miércoles a las 12 y empezó con un drama porque no quiere que trabaje en la encrucijada y me empezó a golpearme y yo la abrase y se la llevaron a la comisaría para que pusiera la denuncia, es todo”.

La DEFENSA Abg. YAMILETH CORONEL, quien expuso: “Invoco la Presunción de Inocencia para mi defendido y afirmación de libertad, en virtud de que la victima no se encuentra presente la victima en esta sala y por cuanto no consta informe medico que avalen la violencia física y solicito se realice examen medico forense, solicito examen toxicológico para mi representado de conformidad con lo establecido en el articulo 125 numeral 2, del COPP. Es todo”.