REPUBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSE ANGEL LASMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 4446-2010.-
PARTES: RAUL ALBERTO DURAN PEREZ Y MARGARED ROCIO PIMENTEL PERES, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.952.863 y V-17.576.142, respectivamente y ambos de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: LUIS PEREZ BARRETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 5483, respectivamente.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
I –
En fecha 01 de Marzo de 2.010, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos, RAUL ALBERTO DURAN PEREZ y MARGARED ROCIO PIMENTEL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.952.863 y V-17.576.142, respectivamente y ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado LUIS PEREZ BARRETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 5483, respectivamente, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace mas de cinco (5) años, se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos.





En dicha unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirimos bienes a liquidar.
Admitida la solicitud en fecha 05 Marzo de 2.010, se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 15 de Marzo de 2.010, el Alguacil de este Tribunal, ciudadano Raúl Núñez, consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial, quien compareció y no hizo objeción alguna al presente procedimiento.
De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos: RAUL ALBERTO DURAN PEREZ y MARGARED ROCIO PIMENTEL PEREZ, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.

- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos RAUL ALBERTO DURAN PEREZ y MARGARED ROCIO PIMENTEL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.952.863 y 17.576.142, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, en fecha 23 de Junio de 2004, quedando registrado bajo el Nº 172.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los Veintiochos (28) días del mes de Abril de Dos Mil Diez (2.010). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,

MAIRA ZIEMS CORTEZ.


LA SECRETARIA

ABG. BARBARA ANGULO MORENO.-


En esta misma fecha, siendo las 10:15 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA




Expediente N° 4446-2010.
MZC/lr.-