En el día de hoy, Doce (12) de Abril de dos mil Diez (2010), siendo las 9:30 de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a fin de practicar medida relativa a la ENTREGA MATERIAL del Inmueble ubicado en la Calle Carabobo Norte Nº 10, Jurisdicción del Municipio Girardot de Maracay Estado Aragua, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que por DESALOJO, intentó el ciudadano ELIAS JAMIL CHADEH, titular de la cedula de identidad Nº 7.215.165, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MIGUEL GANGA, C.A. Se trasladó y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio, Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO y el Secretario YONNY ESCALONA. Se encuentran también presentes el ciudadano ELIAS BEYLOUNE, representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MIGUEL GANGA, C.A, parte demandada en el presente juicio y sus apoderadas judiciales Abogadas NAIMA TERESA BEYLOUNE y LUZ MARINA ANIBAL ROMERO, Inpreabogados Nros 29.302 y 24.040, respectivamente; en el Inmueble ubicado en la Calle Carabobo Norte Nº 10, Jurisdicción del Municipio Girardot de Maracay Estado Aragua, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con solares y casas que son o fueron de Isabel Betancourt, Luís Jaime y de los sucesores de Galo Lindo; SUR: Con casa que es o fue de Pedro José Cúrvelo Ríos; ESTE: Con solar o casa que es o fue de Luisa Pérez; y OESTE: Con la Calle Carabobo que es su frente. El Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida procedió a dar los toques de ley, siendo atendiendo por una persona que se identifico como Marcano Tovar Douglas Alberto, C.I. Nº V-9-685.627, quien indico al Tribunal que era el encargado, y a quien se le impuso de la misiòn, procediendo aperturar el Inmueble de manera voluntaria. Es todo. En este estado las apoderadas judiciales de la parte demandada exponen: Solicito a este Tribunal que proceda a ejecutar la presente medida y en tal sentido sea designado Perito Avaluador para que deje constancia del estado general del inmueble. Es todo. En este estado este Tribunal vista la exposición efectuada por las apoderadas judiciales de la parte demandada a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, procede en este acto a designar como Perito Avaluador al ciudadano CHAVIEDO GARCIA OMAR, titular de la cedula de identidad Nº 3.518.570, quien estando presente expone: “Acepto el cargo recaído en mi persona y juro cumplirlo bien y fielmente”. Es todo. En este estado este Juzgado Ejecutor gira instrucciones al Perito designado y juramentado para que proceda a realizar el inventario de los bienes muebles que se encuentra dentro del lugar y deje constancia del estado general del Inmueble. Es todo. En este estado el perito designado expone: Informo al Tribunal se encuentra constituido en el inmueble ubicado en la Calle Carabobo Norte Nº 10, Jurisdicción del Municipio Girardot de Maracay Estado Aragua, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con solares y casas que son o fueron de Isabel Betancourt, Luís Jaime y de los sucesores de Galo Lindo; SUR: Con casa que es o fue de Pedro José Cúrvelo Ríos; ESTE: Con solar o casa que es o fue de Luisa Pérez; y OESTE: Con la Calle Carabobo que es su frente, asimismo informo que el Inmueble se encuentra discriminado de la forma siguiente: piso de cemento en mal estado, paredes frisadas en mal estado, pintura en mal estado, techo de acerolit, una mesa de hierro y madera, una bomba de Hidroneumático, tres (3) burros de hierros de tres (3) entrepaños en mal estado, y tres (3) estantes de cuatro (4) entrepaños en mal estado, el Inmueble requiere limpieza en general. Es todo. Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y vista la manifestación del Perito, procede en este acto a la entrega material del Inmueble ubicado en la Calle Carabobo Norte Nº 10, Jurisdicción del Municipio Girardot de Maracay Estado Aragua, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con solares y casas que son o fueron de Isabel Betancourt, Luís Jaime y de los sucesores de Galo Lindo; SUR: Con casa que es o fue de Pedro José Cúrvelo Ríos; ESTE: Con solar o casa que es o fue de Luisa Pérez; y OESTE: Con la Calle Carabobo que es su frente, y hace entrega del mismo al ciudadano ELIAS BEYLOUNE, titular de la cedula de identidad Nº 9.692.266, representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MIGUEL GANGA, C.A, y quien estando presente expone: Recibo para mí representada el inmueble objeto de la presente medida en el estado en que se encuentra y juro cuidarlo como un buen padre de familia. Es todo. Este Tribunal deja constancia que los bienes discrimandos en esta acta quedan dentro del galpón. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Cumplida su misión el Tribunal ordena su regreso a su sede habitual siendo las 10:20 de la mañana. Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIO.
ABG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO.
LA PARTE DEMANDADA Y SUS APODERADAS
EL NOTIFICAD0
PERITO
CHAVIEDO OMAR
EL SECRETARIO.
ABG. YONNY ESCALONA.
C- 019-2010
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