REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 20 de abril de 2010
199° y 150°

ASUNTO: DP11-R-2010-000115
ACTA

PARTE DEMANDANTE: HENDRICK BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nro. 10.344.452.

PARTE DEMANDADA: C.A. CERVECERIA REGIONAL C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: IVAN RIVERO, Inpreabogado Nro. 94.178.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES (RECURSO DE APELACION).-


En el día de hoy 20 de abril de 2010, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por el Abogado IVAN RIVERO, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 94.178, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandada, en contra del auto de admisión de fecha 10 de marzo de 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Jocelyn C. Arteaga Z. y el Alguacil Eduardo Arias, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En virtud de la Incomparecencia de la parte demandada y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 11:00 a.m.; este Tribunal declara: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, una vez vencido el lapso de Ley, a los fines de la continuación de la presente causa. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, conforme a lo previsto en el artículo 64 ejusdem, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.


LA SECRETARIA,
ABOG. JOCELYN C. ARTEAGA Z.

JFMN/JCAZ.