REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, trece de Abril de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: DP11-L-2008-000008
PARTE ACTORA: ciudadano LEONARDO ESTEBAN SARATE ALVAREZ, titular de la cédula de identidad No.12.994.777.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANGEL GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.101.004.

PARTE DEMANDADA: SERV-TRUCK C.A, TALLER ABCZ 2012 C.A, CORPORACION ARIDOS 2000 C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.84.423

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano LEONARDO ESTEBAN SARATE ALVAREZ, titular de la cédula de identidad No.12.994.777y su apoderado judicial, supra identificado y por la parte demandada el abogado ANGEL GONZALEZ. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado las partes manifiestan su intención de poner fin el presente asunto haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación, donde la parte patronal ofrece pagar la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,00), mediante cheque a nombre del trabajador actor el día jueves 22 de Abril 2010,a las 8:00 a.m. Al respecto, el trabajador LEONARDO ESTEBAN SARATE ALVAREZ, titular de la cédula de identidad No.12.994.777 y su apoderado judicial, manifiestan su conformidad con el monto ofrecido por la parte patronal, no teniendo nada que reclamar por los conceptos demandados.