REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintitrés de Abril de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: DP11-L-2010-000352

PARTE ACTORA: ciudadano LUIS ENRIQUE RAMOS GAMEZ, titular de la cédula de identidad No.7.206.243.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: VIRGINIA MENDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.34.936.

PARTE DEMANDADA: BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: WESLEY SOTO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.133.732.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparecen el ciudadano LUIS ENRIQUE RAMOS GAMEZ, titular de la cédula de identidad No.7.206.243, y su abogada asistente, arriba identificada y por la empresa BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD) el abogado WESLEY SOTO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.133.732, en su carácter de apoderado judicial como se evidencia del instrumento inserto al folio 22 al 24 del expediente. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto y explico a las partes el uso de los medios alternativos de solución de conflictos y del procedimiento de estabilidad cuando la empresa ha persistido con el despido del trabajador, como se corresponde al presente asunto. En este estado la parte actora ciudadano LUIS ENRIQUE RAMOS G. y su abogada asistente, ya identificada, manifiestan su intención de poner fin el presente asunto, haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación, y solicita la entrega de los dos (02) Cheques de Gerencia signado con los números 03787754 y 03787804 del Banco Occidental de Descuento consignados a su favor, por la cantidad de Bs. 54.355,80 y 940,90 respectivamente, para un total de CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs.55.296,70).