REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-000266
ASUNTO : NP01-P-2009-000266

Visto el escrito que antecede suscrito por la Abg. MIRIAM LEONET en su carácter de defensora de confianza del acusado GUSTAVO RAFAEL GARCIA RAMIREZ, mediante el cual solicita celeridad procesal con fundamento en el artículo 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela,

Este Tribunal para decidir observa lo siguiente

De la Revisión dispensada a las actuaciones se observa que en fecha 06 de julio de 2009 este Tribunal recibió las presentes actuaciones y fue fijado el acto de SORTEO el cual se realizó en fecha 27 de julio de 2009 y se convocó la audiencia para constituir el Tribunal Mixto para el 16 de Septiembre de 2010, la cual se ha diferido por múltiples causas, entre ellas huelga carcelaria, falta de citación de partes y de posibles escabinos, que para la fecha 13 de abril de 2010, se aplicó lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal y los criterios jurisprudenciales reinantes y se constituyo el Tribunal de forma unipersonal para realizar el Juzgamiento del acusado GUSTAVO RAFAEL GARCIA RAMIREZ, fijándose el Juicio Oral y Público para el seis (06) de mayo de 2010 a las 10:30 de la mañana, difiriéndose y cuya última fecha es viernes 01 de octubre de 2010 a las 11:30 de la mañana, en tal sentido, considera quien decide que a esta etapa procesal no se ha incurrido en retardo procesal; sin embargo a los fines de continuar con la buena marcha del proceso, instrumento fundamental para la realización de la justicia, como lo establece el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena modificar la fecha del Juicio Oral y Público ya que esta Dependencia Judicial labora durante el Receso Judicial y se fija el Juicio para el VIERNES DIEZ (10) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Hágase lo conducente. Y así se decide.

Decisión:

Por todo cuanto antecede este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley decreta: UNICO: No haber incurrido en retardo procesal, en el presente asunto penal, sin embargo a los fines de continuar con la buena marcha del proceso, instrumento fundamental para la realización de la justicia, como lo establece el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y ordeno modificar la fecha del Juicio Oral y Público, debido a que esta Dependencia Judicial labora durante el Receso Judicial y se fija el Juicio Oral y Público Unipersonal para el VIERNES DIEZ (10) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Cúmplase.
La Jueza

ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA

La Secretaria

ABG. MARIA MERCEDES ROMERO