REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
En fecha 05 de Agosto del 2010, Se decreta la CESACIÓN por total cumplimiento de la sanción y en consecuuencia la Libertad Plena de los sancionados IDENTIDAD OMITIDA, se libraron los correspondientes oficios, y notificaciones. Debido a que el suistema JURIS 2000 presentó fallas las actuaciones se realizarobn de forma manual y el presente asiento reposa en el diario manual.