En fecha 17 de Julio del 2003 contrajeron Matrimonio Civil por ante el Concejo Municipal de Cedeño, Estado Monagas, como se evidencia del Acta de Matrimonio, establecieron su domicilio conyugal en el Callejòn Miranda, sin nùmero, Caicara, Municipio Cedeño, Estado Monagas, hasta principios del mes de Diciembre del 2003, cuando se separaron y hasta la fecha no hubo reconciliación, y desde esa fecha han transcurrido más de cinco (5) años, por esto acuden al Juzgado del Municipio Cedeño del Estado Monagas, a solicitar la disolución del vinculo Matrimonial que los une, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. Que durante su unión no se procrearon hijos, ni bienes gananciales que liquidar.