ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003506
PARTE ACTORA: YUSMELY MACHADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO
PARTE DEMANDADA: DESARROLLO GRAN CARACAS, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: LIGIA BRAVO RIOS
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS
En el día hábil de hoy diez (10) de agosto de dos mil diez (2010), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Despacho la Abogada LIGIA BRAVO RIOS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 123.135, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada DESARROLLO GRAN CARACAS, C.A. En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana YUSMELY MACHADO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. LISBETH MONTES
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