REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas 22 de Julio de 2010
200º y 151º
Asunto: AP21-S-2010-000693
Parte Oferente: TRAKI CCB PLUS C.A.., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha seis (06) de julio de 2004, bajo el Nro. 12, Tomo 28-A Pro, y posteriormente reformada ante ese mimo registro mercantil el 17 de mayo de 2005, bajo el Nª 28, Tomo 41-A-Cto..
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE OFERENTE: NATALIA ISABEL CASTRO LEDEZMA y JOSE AMARO PEÑA, abogados en ejercicio, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.869.398 y 10.926.213 inscritos en el instituto de previsión Social del Abogado bajo los Nros 99.160 y 64.255 respectivamente.
PARTE OFERIDA: RAUL DEL VALLE ROJAS URBAEZ, venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad Nros. 13.536.460.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: NO ACREDITADO EN AUTOS
Motivo: Oferta Real
Vistos el escrito de transición del 01 de julio de 2010, suscrito por las partes de este procedimiento de oferta real presentado ante la Inspectoría del Trabajo este Tribunal NIEGA SU HOMOLOGACION, por cuanto dicha transacción no fue presentado en este Tribunal, muy por el contrario la referida transacción fue presentada por ante una autoridad Administrativa y este Juzgado solo puede impartir la homologación de aquellas transacciones que le hayan sido presentadas a el. Así se establece.
GILBERTO JANSEN DANIELA GONZÁLEZ VELASCO
EL JUEZ LA SECRETARIA
|