REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Segundo (22) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2010-000388

Visto el escrito que antecede, contentivo de la transacción presentada por la ciudadana MILEIDA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.651.633, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistida por el abogado RAMON CHACIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 112.366, y por el abogado JESUS LEOPOLDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente INVERSIONES R.6 99, C.A, cancelando esta última la cantidad de Bs. F 5.000,00, a la parte oferida, mediante dinero en efectivo, los cuales recibe manifestando estar conforme con la cantidad señalada, por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado; en consecuencia este Juzgado vista que el acuerdo al que llegaron las partes no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, lo homologa, dándole efecto de cosa juzgada.

Jueza Temporal

Abg. Luisa Rosales
La Secretaria

Yennifer Martinez