REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2010-000899
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 30 de julio de 2010, por la ciudadana DEISY CASTILLO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad No. 13.150.972, debidamente asistida por el abogado PABLO ROBERTSON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 136.696, por una parte y, por la otra el abogado CESAR SANTANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 90.982, en representación de la sociedad mercantil SOFTWARE AG VENEZUELA, C.A., mediante el cual cediendo en sus pretensiones, ambas partes acuerdan que con el pago de Bs. 43.106,29, nada quedan a deberse por la relación de trabajo que existió entre ambos, por cuanto se encuentran satisfechos los conceptos de utilidades fraccionadas, bono vacacional fraccionado, vacaciones, prestación de antigüedad, antigüedad adicional, bonificación compensatoria, este Juzgado homologa la transacción con fuerza de cosa juzgada. Así se decide.-
La Jueza
El Secretario
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Gustavo Portillo