REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 5 de Agosto de 2010
200º y 151º


Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado por la abogada Trina Abreu Hernández actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil AUTOCAMIONES DEL LLANO, C.A. promoviendo las siguientes documentales: a) Informe Contable, emitido por Contador Público independiente, b) Copia de Libros Contables de Compra de Vehículos ejercicios fiscales 2008, así como prueba de experticia contable este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.

En consecuencia este Tribunal ORDENA:

PRIMERO: De conformidad con el Artículo 452 del Código de Procedimiento Civil FIJAR a las diez (10:00 a.m.) de la mañana del segundo día de despacho siguiente para que tenga lugar el acto de nombramiento de expertos.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
El Juez,



Raúl Gustavo Márquez Barroso.

La Secretaria,



Bárbara Luisa Vásquez Párraga


Asunto: AP41-U-2008-000685




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