REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 5 de Agosto de 2010
200º y 151º
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 19 de enero de 2009, por los abogados Rodolfo Plaz Abreu, Leonardo Palacios Márquez, Antonio Planchard Mendoza, Juan Esteban Korody Tagliaferro, Glaziela Gonzales Alfonso Y Erika Cornillac Malaret, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 12.870, 22.646, 86.860, 112.054,124.687 y 131.177, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil GALAXY ENTRETAIMENT DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción N° GRTICE-RC-DF-903/2008-04, dictada en fecha 26 de noviembre de 2008 por el jefe de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y notificada en la misma fecha, mediante la cual se ordena el cierre del establecimiento de la empresa por dos (2) días, por supuestos cumplimientos de deberes formales en materia de Impuesto de Valor Agregado, para los periodos comprendidos entre abril y julio de 2008. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus Artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de las personas que se presentan como representantes de la recurrente y no consta en autos oposición alguna; este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, y en consecuencia en virtud del tiempo transcurrido este Tribunal ordena librar las respectivas boletas de notificación. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los cinco (5) días de agosto de dos mil diez (2010).
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,
Bárbara Luisa Vásquez Párraga
ASUNTO: AP41-U-2009-000036
|