REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP31-V-2008-000803
Vista la diligencia de fecha 03 de agosto de 2010, suscrita por el apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la reposición de la presente causa al estado de que sea designado nuevo defensor judicial de la parte demandada, este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado observa:
La presente causa se inició por el juicio de Nulidad de Contrato seguida por el ciudadano LEON AMBROSIO REYNA en contra de los ciudadanos BEIDYS ALCIRA OLIVAR GAINZA Y BERNADETTE SORAYA RAMIREZ GAMBOA, admitiéndose la misma en fecha 07 de abril de 2008, y como quiera que en fecha 02 de junio de 2010, se designó defensora judicial de la parte demandada a la Abogada Rotcech Lairet, y de una revisión de las actas que conforman la presente causa se evidencia que la abogada antes señalada actuó como Secretaria Titular en este Juzgado, suscribiendo junto con la juez algunas actuaciones del presente expediente en el año 2008, es por lo que este Tribunal, de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil que señala: “Los jueces procurarán la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal. Esta nulidad no se declarará sino en los casos determinados por la ley, o cuando haya dejado de cumplirse en el acto alguna formalidad esencial a su validez”, ordena la reposición de la presente causa al estado de que sea designado nuevo defensor judicial de la parte demandada y en consecuencia, se dejan sin efecto todas las actuaciones posteriores a la fecha 02-06-2010, fecha en la cual se designó como defensora judicial a la abogada Rotcech Lairet. Así se decide.-
LA JUEZ
ABG. FLOR DE MARIA BRICEÑO
LA SECRETARIA TEMPORAL
IDALINA PATRICIA GONCAVES
Daliz***
|