REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 06 de agosto de 2010
200° y 151°
Visto el incumplimiento de la Ejecución Voluntaria, en la Acción de Amparo Constitucional, ejercida por los profesionales del derecho William González y Enzo Piscitelli, inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nros. 52.600 y 33.667, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Wilfredo Vásquez Rodríguez, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.473.559, contra la sociedad mercantil A.G.S. Airline Ground Service, C.A., este Juzgado decreta la Ejecución Forzosa de la sentencia definitiva dictada en fecha 06 de julio de 2010, la cual declaro con lugar la presente acción y ordena dar cumplimiento inmediato a la Providencia Administrativa Nº 251-09 de fecha 30 de septiembre de 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Vargas, que a su vez declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 29, 30 y 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Líbrese de Despacho Comisión.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABOG. ANNY SOFÍA GARRIDO.
Exp.- 2010-1148
Mecanografiado por Orlando Martínez F.
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