REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: LUZMILA SIERRA DE RODRIGUEZ y ANGEL FERNANDO
RODRIGUEZ POLO
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 10709
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 09 de julio de 2010 los Ciudadanos LUZMILA SIERRA DE RODRIGUEZ y ANGEL FERNANDO RODRIGUEZ POLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 24.817.400 y V- 22.296.297 respectivamente, asistidos por la abogada Aura Linares, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 67.203 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de doce (12) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 20 de julio de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 05 de agosto de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.