REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT  Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
 
 
 
SOLICITANTES: LUIS ENRIQUE GARCIA ESCALONA  y SOL ANGEL GRATEROL  
 
                              GUERRERO
 
MOTIVO:             DIVORCIO 185-A
 
EXPEDIENTE Nº:10678
 
SENTENCIA: DEFINITIVA
 
 
              En fecha 16 de junio de 2010 los Ciudadanos LUIS ENRIQUE GARCIA ESCALONA  y SOL ANGEL GRATEROL   GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.590.685 y V-  8.691.360   respectivamente, asistidos por la abogada  Oslayda Catalina Mújica Torres,  inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº  81.140 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente,  manifestando  que desde  hace más de cinco    (05) años  están   separados   y   que   de   la   unión  conyugal  no  procrearon  hijos.
 
            Admitida la solicitud en fecha 16 de julio de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 29 de julio de 2010,  manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.
 
 
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