En el día de hoy, Once (11) de Agosto del año dos mil diez (2010), siendo las 10:30 a.m., siendo la oportunidad fijada por este Tribunal, a fin de dar cumplimiento a la Comisiòn conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, relativa a la OCUPACION JUDICIAL, en la causa signada con el Nº 33385- 94, con motivo de la Solicitud de Atraso formulada por la Sociedad Mercantil TECNICA DE FILTRACION, C.A. (TECFIL). Se trasladó y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio, Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO y el ciudadano Secretario Abogado YONNY ESCALONA, en la sede de la Sociedad Mercantil TECNICA DE FILTRACION, C.A. (TECFIL), ubicada en la zona industrial de San Vicente II, Conglomerado industrial Manuel Olivares Betancourt, en la calle Comando Nº 44-45, esquina a la calle I, de la ciudad de Maracay Jurisdicción del Municipio Girardot Estado Aragua. Se encuentra presente la Abogado NANCY RODRIGUEZ, Inpreabogado Nº 25.222, en su condición de SINDICO de la quiebra designada por el Juzgado de la Causa, con la finalidad de que reciba los bienes señalados en esta Ocupación Judicial, y quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo. Es todo. Una vez encontrándose en el inmueble objeto de esta medida se procedió a dar los toques de ley, siendo atendido por una persona que se identifico como MUÑOZ PARRA JOSE LUIS, C.I. 12.138.082, quien manifestó a este Tribunal que era EL VIGILANTE DE LA EMPRESA, donde funcionaba TECNICA DE FILTRACIONES, C.A., y que son empleados de la empresa de Vigilancia SERPROVIGIL, C.A., a quien este Tribunal impuso de la misiòn, permitiendo de manera voluntaria del Tribunal al interior del inmueble. Es todo. En este estado siendo las 11:30 AM, se hizo presente un ciudadano que se identifico como AMPUEDA HEREDIA JULIO CESAR, C.I. 18.554.951, quien manifestó ser el Encargado de la mercancía que se encuentra dentro del galpón, donde se encuentra constituido este Tribunal, imponiéndole este Juzgado de su misiòn, procediendo de manera voluntaria a aperturar la puerta del mismo, procediendo a comunicarse telefónicamente con el presunto propietario de la Empresa, dueña de la mercancía que se encuentra dentro del Galpón. Es todo. En este estado la Abogado NANCY RODRIGUEZ, Inpreabogado Nº 25.222, en su carácter de Sindico solicita el derecho de palabra y expone: Solicito a este Tribunal comisionado proceda a la Ocupación Judicial ordenada por el Juzgado de la Causa, para lo cual pido a este Tribunal ejecutor se sirva designar Perito Avaluador para que conjuntamente con el Sindico procedan a realizar el correspondiente avalúo del inventario a tenor de lo dispuesto en el artículo 957 del Código de Comercio. Es todo. En este estado el Tribunal vista la solicitud formulada por la Sindico de la quiebra procede en este acto a designar como PERITO AVALUADOR al ciudadano CHAVIEDO GARCIA OMAR, titular de la cedula de identidad Nº 3.518.570, venezolano, mayor de edad, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo, solicitándole este Juzgado que a los fines de cumplir con la Medida de Ocupación Judicial a que se refiere la presente comisión, se sirva rendir informe detallado de todos y cada uno de los activos que se encuentran dentro de las instalaciones de la empresa. Es todo. En este estado siendo las 12:45 PM, se hizo presente un ciudadano que se identifico como RUBIO AMPUEDA NELSON SAHEL, C.I. 12.570.116, quien manifestó ser socio de la empresa Corporación Shoes Sport, C.A., dueña de la mercancía que se encuentra dentro del galpón, ya que la empresa es subarrendataria del galpón donde se encuentra constituido este Tribunal, consignando en este acto copia de acta constitutiva de la empresa que acredita su representación, y facturas de la mercancía, existente en el galpón. Es todo. En este estado el perito designado expone: El tribunal se encuentra constituido en la sede de la Sociedad Mercantil TECNICA DE FILTRACION, C.A. (TECFIL), ubicada en la zona industrial de San Vicente II, Conglomerado industrial Manuel Olivares Betancourt, en la calle Comando Nº 44-45, esquina a la calle I, de la ciudad de Maracay Jurisdicción del Municipio Girardot Estado Aragua, y dentro del mismo se encuentran los siguientes bienes: Una maquina de escribir maraca IBM color gris sin serial ni modelo visible; Dos bombonas de oxigeno cilíndrico pertenecientes a Praxair, Un escritorio color blanco y marrón de madera de dos gavetas, Un filtro de agua marca Eterra color marrón, un motor de esmeril color verde, Ocho sillas blancas en plástico y patas de hierro, Una bombona de agua de 150 caballos de fuerza color verde, Un cajetin de electricidad color gris, Una silla ejecutiva para escritorio color marrón, 10 cerraduras de pomo dañadas, un cajón de madera contentiva de mangueras, instalaciones eléctricas, dos llaves de tubo de color rojo, Un closet archivador de madera color marrón de cuatro gavetas horizontales y ocho verticales, un cuñete lleno de tornillos, Un hanbu de semicuero, una puerta de caja fuerte color gris, una silla de mimbre color verde, diecisiete carpetas de archivar vacías, Una maquina de escribir marca Olivetti, modelo Lexicón 90C, Una silla de oficina ejecutiva color marrón forrada en semicuero, Un escritorio de madera tipo L de color blanco, Dos mesas plastitas con fibra de vidrio de color blanco con base de hierro, un banco de espera de tres puestos forrado en semicuero color marrón, Un archivador de 9 gavetas de madera con tres entrepaños de color blanco, Un equipo de sistema de red de computación, Una computadora marca Mantel modelo 4051-2, serial Nº H0074648 con un teclado, Un mesón de hierro de un metro de ancho x 2 mtrs de largo de color blanco, Un multimueble de formica color blanco de cuatro gavetas horizontales y cuatro gavetas verticales, Un multimueble de formica color blanco de tres gavetas verticales y tres horizontales, Un mesón de madera color blanco con dos gavetas horizontales, un cajetin de electricidad color gris dañado, un compresor de aire estacionario tipo 6A609, Serial 89809002, marca Atlas Cepco, Un masón de hierro color azul de un entrepaño, Un masón de trabajo color azul de un entrepaño y cinco gavetas horizontales. En este estado siendo las 1:18 PM, se hizo presente el abogado ANIBAL JOSE GOMEZ HERNANDEZ, Inpreabogado Nº 32.264, quien en este acto muestra a los efectos vivendi documento poder que lo acredita como apoderado Judicial del ciudadano RONAL JOSE RUBIO AMPUEDA, C.I. 11.086.457, quien presuntamente es subarrendatario del galpón donde se encuentra constituido este Tribunal, a quien este Comisionado le impuso de su misión, y quien expone: En este acto hago oposición formal de la medida por cuanto cursa en el tribunal de la causa denuncia por fraude procesal, en el mismo se alega la posesión del inmueble objeto de la medida por parte de mi representado RONAL RUBIO, estando el tribunal en conocimiento de ello se abre la incidencia por fraude procesal y se le solicito al tribunal de la causa protegiera los derechos de mi representado por ser poseedor de buena fe. Igualmente consta que mi representado viene ocupando el inmueble desde el mes de Julio del año 2005, habiéndose mantenido durante ese periodo hasta la fecha en estado de solvencia, hecho que es del conocimiento del tribunal de la causa, igualmente se solicito en esa oportunidad interdicto posesorio a favor de mi representado en resguardo de sus derechos e intereses durante el termino de la incidencia de fraude procesal. Ahora bien, estando la incidencia a la que se hace referencia en pleno proceso de sustanciación entendemos como temeraria la medida practicada por la sindico de la quiebra, pues a todas luces la incidencia no a concluido también temeraria porque con la medida se esta causando una lesión patrimonial grave a mi representado que es un tercero poseedor de buena fe, que es parte en el juicio de quiebra y aspira poder adquirir el inmueble una vez que el mismo sea puesto en subasta publica, que es como se liquidan los bienes de la fallida en un juicio de quiebra, por las razones anteriormente expuestas solicito del Tribunal Ejecutor de Medidas Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, suspenda la medida de ocupación judicial, mas aun por cuanto esta por iniciarse el receso judicial y mi representado quedaría en estado de indefensión frente a una medida a todas luces arbitraria, por ello ratifico mi solicitud de postergar la medida hasta después del receso judicial. Es todo. En este estado al Sindico de la Quiebra expone: Desde que el fraude procesal implica el concierto de dos o mas personas, para mediante la utilización de los órganos de justicia conculcar los derechos de un tercero que no es parte en dicho juicio; mal podría en este caso pretenderse estar en presencia de un fraude procesal, toda vez que este procedimiento fue iniciado hace mas de quince (15) años, por la ahora fallida empresa TECFIL, C.A. La medida de ocupación judicial solicitada y decretada por el tribunal de la causa obedece a la circunstancia que siendo el galpón donde se encuentra constitutito este Tribunal ejecutor los bienes con los cuales ha de cancelarse los créditos privilegiados o no de la fallida, se hace necesario para el Sindico por ser el responsable de los mismos, tomar posesión de ellos a los fines de evitar daños que puedan incidir en su costo o posterior venta. En caso de que el Ciudadano RONALD RUBIO, quien no ha acreditado en forma fehaciente el carácter con el cual se encuentra ocupando el mencionado galpón y asuma que han sido conculcados sus derechos por un tercero que tampoco es parte de la quiebra, la Ley le concede las acciones que considere pertinente para su resarcimiento, sin que tal circunstancia pueda ser un obstáculo para la Ocupación Judicial que se efectúa en este acto. De igual manera la Representación Legal del Señor Ronal Rubio tenía conocimiento de la existencia de la Ocupación Judicial, por lo que debió hacer la respectiva oposición por el Tribunal de la causa. Es todo. En este estado este Tribunal Comisionado vistas las exposiciones efectuadas por los intervinientes en este medida, quiere dejar sentado que su función solo se circunscribe a dar cumplimiento a las medidas que le son encomendadas, el caso de marras se trata de una Medida de Ocupación Judicial dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, a solicitud de Atraso formulado por la Sociedad mercantil TECNICA DE FILTRACION, C.A., y la cual por distribución correspondió su ejecución a este Juzgado. En ese orden de ideas, quiere dejar sentando que los puntos que tienen que ver con el fondo de la controversia deben ser realizados por ante el Tribunal de la causa, por cuanto como se indico anteriormente la función del comisionado solo se limita a dar cabal cumplimiento a las comisiones que le son encomendadas por los distintos Tribunales de la República Bolivariana, sin embargo no puede pasar por alto, que quien se hace presente en la medida con el fin de que esta se suspenda no consigna prueba Fehaciente a este Juzgado para la suspensión, de la materialización de la misma; por lo que en consecuencia ordena al perito que continué con los Inventarios de los Bienes muebles que se encuentran dentro del Inmueble. Es todo. En este estado el perito designado continua con el inventario de bienes, los cuales son los siguientes: Un escritorio de hierro color gris de tres gavetas, una maquina de color verde marca Rexroth, una balanza marca Regmej, tipo Re/A-30, año 1978, Un estante de color azul de dos entrepaños, tres estante de color gris de cuatro entrepaño, cuatro mesas de hierro color azul de un entrepaño, tres locker color azul de dos puertas, un mesón de hierro color azul con un entrepaño y una polea, un mesón de trabajo con una polea electrica color azul, Dos estantes color azul de tres entrepaños en hierro forjado, un mesón de color azul de un entrepaño, un mesón de color azul de dos entrepaños, una prensa óleo dinámica marca ONA-PRESS, tipo ECD-6-07-K, serial Nº 0017 color azul, Una prensa de construcciones Goiti, modelo BD-40, sin serial visible color azul, Una prensa de construcción marca Goiti, modelo M-B-D, serial 0005 de color verde, Una prensa excentrica inclinable a la volada color azul, serial Nº 115377, 37 cauchos usados de marca Pirelli y Good Year. En este estado la Sindico de la quiebra peticiona al tribunal siendo las 3:30 p.m., que habilite el tiempo necesario a los fines de continuar con la practica de la presente medida. Es todo. En estado este Juzgado Comisionado visto el pedimento de la Síndico habilita todo el tiempo necesario a los fines de continuar con la materialización de la presente medida. Es todo. En este estado el perito continua con el inventario de los bienes: Una fotocopiadora de Marca sharp SF2114, color beige, Un CPU color beige, un teclado modelo Nª kwb-2005, serial BE05502718, Una nevera marca Mabe color beige, Un ventilador modelo Huracán, Nª 18 Electric Fan, Una computadora con monitor, CPU marca Compaq color negro, serial MXX7290F13, con teclado, Un escritorio de oficina de color gris de seis gavetas, Dos escritorio de dos gavetas pequeñas, Un estante de hierro color azul con tres entrepaños y dos gavetas horizontales, 16 cestas de hierro, un estante de dos entrepaños color gris de hierro, una mesa de trabajo de 3x1.20 de alto, 10 mesas pequeñas de hierro color azul, un estante de 5x3 de alto de cinco entrepaños color vinotinto, Un horno rotativo para fabricar filtros, una prensa excéntrica inclinables con retardo de color azul color verde, 2 locker de dos puertas, 16 tanques de hierro, 10 prensas excéntricas de diferentes marcas y modelo con sus motores en mal estado (desvalijados), un tablero eléctrico de cuatro puertas color verde (desvalijados), una compactadora color verde, tres cajones de hierro, cinco mesas de hierro color azul, dos locker de dos puertas color gris, dos estantes de trabajo de tres peldaños . Asimismo dejo expresa constancia que dentro del galpón no se encontró documentación alguna a nombre de la Empresa SOCIEDAD MERCANTIL TECNICA DE FILTRACION, C.A., ni bienes de valor monetario, ni nominal. Es todo. Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley; y conforme al decreto dictado por el Juzgado de Instancia comitente, conforme a lo dispuesto en el artículo 932 del Código de Comercio, DECLARA OCUPADO JUDICIALMENTE: el bien inmueble ubicado en la Zona Industrial de San Vicente II, Conglomerado industrial Manuel Olivares Betancourt, en la calle Comando Nº 44-45, esquina a la calle I, de la ciudad de Maracay Jurisdicción del Municipio Girardot Estado Aragua, C.A., así como los bienes muebles que se discrimen a continuación: Una maquina de escribir maraca IBM color gris sin serial ni modelo visible; Dos bombonas de oxigeno cilíndrico pertenecientes a Praxair, Un escritorio color blanco y marrón de madera de dos gavetas, Un filtro de agua marca Eterra color marrón, un motor de esmeril color verde, Ocho sillas blancas en plástico y patas de hierro, Una bombona de agua de 150 caballos de fuerza color verde, Un cajetin de electricidad color gris, Una silla ejecutiva para escritorio color marrón, 10 cerraduras de pomo dañadas, un cajón de madera contentiva de mangueras, instalaciones eléctricas, dos llaves de tubo de color rojo, Un closet archivador de madera color marrón de cuatro gavetas horizontales y ocho verticales, un cuñete lleno de tornillos, Un hanbu de semicuero, una puerta de caja fuerte color gris, una silla de mimbre color verde, diecisiete carpetas de archivar vacías, Una maquina de escribir marca Olivetti, modelo Lexicón 90C, Una silla de oficina ejecutiva color marrón forrada en semicuero, Un escritorio de madera tipo L de color blanco, Dos mesas plastitas con fibra de vidrio de color blanco con base de hierro, un banco de espera de tres puestos forrado en semicuero color marrón, Un archivador de 9 gavetas de madera con tres entrepaños de color blanco, Un equipo de sistema de red de computación, Una computadora marca Mantel modelo 4051-2, serial Nº H0074648 con un teclado, Un mesón de hierro de un metro de ancho x 2 mtrs de largo de color blanco, Un multimueble de formica color blanco de cuatro gavetas horizontales y cuatro gavetas verticales, Un multimueble de formica color blanco de tres gavetas verticales y tres horizontales, Un mesón de madera color blanco con dos gavetas horizontales, un cajetin de electricidad color gris dañado, un compresor de aire estacionario tipo 6A609, Serial 89809002, marca Atlas Cepco, Un masón de hierro color azul de un entrepaño, Un masón de trabajo color azul de un entrepaño y cinco gavetas horizontales. Un escritorio de hierro color gris de tres gavetas, una maquina de color verde marca Rexroth, una balanza marca Regmej, tipo Re/A-30, año 1978, Un estante de color azul de dos entrepaños, tres estante de color gris de cuatro entrepaño, cuatro mesas de hierro color azul de un entrepaño, tres locker color azul de dos puertas, un mesón de hierro color azul con un entrepaño y una polea, un mesón de trabajo con una polea electrica color azul, Dos estantes color azul de tres entrepaños en hierro forjado, un mesón de color azul de un entrepaño, un mesón de color azul de dos entrepaños, una prensa óleo dinámica marca ONA-PRESS, tipo ECD-6-07-K, serial Nº 0017 color azul, Una prensa de construcciones Goiti, modelo BD-40, sin serial visible color azul, Una prensa de construcción marca Goiti, modelo M-B-D, serial 0005 de color verde, Una prensa excentrica inclinable a la volada color azul, serial Nª 115377, 37 cauchos usados de marca Pirelli y Good Year, Una fotocopiadora de Marca sharp SF2114, color beige, Un CPU color beige, un teclado modelo Nº kwb-2005, serial BE05502718, Una nevera marca Mabe color beige, Un ventilador modelo Huracán, Nª 18 Electric Fan, Una computadora con monitor, CPU marca Compaq color negro, serial MXX7290F13, con teclado, Un escritorio de oficina de color gris de seis gavetas, Dos escritorio de dos gavetas pequeñas, Un estante de hierro color azul con tres entrepaños y dos gavetas horizontales, 16 cestas de hierro, un estante de dos entrepaños color gris de hierro, una mesa de trabajo de 3x1.20 de alto, 10 mesas pequeñas de hierro color azul, un estante de 5x3 de alto de cinco entrepaños color vinotinto, Un horno rotativo para fabricar filtros, una prensa excéntrica inclinables con retardo de color azul color verde, 2 locker de dos puertas, 16 tanques de hierro, 10 prensas excéntricas de diferentes marcas y modelo con sus motores en mal estado (desvalijados), un tablero eléctrico de cuatro puertas color verde (desvalijados), una compactadora color verde, tres cajones de hierro, cinco mesas de hierro color azul, dos locker de dos puertas color gris, dos estantes de trabajo de tres peldaños. Asimismo este Tribunal deja expresa constancia que dentro del galpón no se encontró documentación alguna a nombre de la Empresa SOCIEDAD MERCANTIL TECNICA DE FILTRACION, C.A., ni bienes de valor monetario, ni nominal; y en consecuencia procede en este acto a la ENTREGA de dichos bienes (Inmueble y muebles), conforme a lo ordenado por el Juzgado de la causa, a la ciudadana NANCY RODRIGUEZ, ya identificado, en su condición de SINDICO designado por el Comitente y juramentado en el presente acto, haciéndole mención expresa que se sirva tomar las medida pertinentes en torno al aseguramiento de los mismos, quien estando presente solicita el derecho de palabra y expone: “Declaro recibir conforme el conjunto tanto el Inmueble discriminado en la presente acta, así como los bienes muebles discriminados. Es todo. En este estado este Tribunal deja expresa constancia que la mercancía existente en el galpón fueron entregadas al Ciudadano RUBIO AMPUEDA NELSON SAHEL, C.I. Nº V-12.570.116, en su carácter de propietario; quien estando presente expone: En este estado informo al Tribunal que traslado mi mercancía por mi propio riesgo y peligro a la siguiente dirección: Avenida A, cruce con calle G, San Vicente II, Galpones Plasmar, de esta ciudad de Maracay, estado Aragua. Es todo. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Es todo. Cumplida su misiòn ordena su regreso a su sede habitual, siendo las seis de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIO.
ABG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO.
LA SINDICO DE LA QUIEBRA
LOS NOTIFICADOS EL INTERVINIENTE
EL PERITO.
CHAVIEDO OMAR
EL SECRETARIO
AGB. YONNY ESCALONA
C- 105-2009.
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