REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno (09°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 06 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2010-012477
Visto el escrito de Separación de Cuerpos presentado en fecha 15/07/2010, por los ciudadanos JULIAN JOSE RODRIGUEZ PEÑA y YANEIRA JOSEFINA CARDENAS AZUAJE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.414.972 y V-10.378.500, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, este Despacho Judicial a cargo de la Juez del Tribunal Noveno (09°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA dicha SEPARACION DE CUERPOS, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con los artículos 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo ambas partes establecieron un acuerdo en relación a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, a favor de su hijo, (…), de conformidad con lo establecido en el Artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y por consiguiente esta Juzgadora lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias, una vez sean suministrados los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,


ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
EL SECRETARIO,


ABG. LUIS MORALES
DRC/LM/Freddy Molina
AP51-S-2010-012477