REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 09 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-005297
ASUNTO : NP01-P-2010-005297


Corresponde a este Tribunal pronunciarse en la presente causa, en la cual el ciudadano GUILLERMO ANTONIO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 8.813.887, requirió la entrega del vehículo FIAT SIENTA, 1998, COLOR VERDE, PLACAS NAB-33X, observándose lo siguiente:

Cursa Acta policial de fecha 24 de Julio de 2010, suscrita por un funcionario adscrito a la Guardia Nacional Bolivariana, en la cual deja constancia que en un punto de control móvil en la zona industrial, observaron un vehículo marca FIAT, MODELO SIENA, COLOR VERDE, PLACAS NAB-33X conducido por el ciudadano GULLERMO ANTONIO ROMERO, quien les dio dos traspaso con apariencia de original, un certificado de registro de vehículo con apariencia de original; posteriormente inspeccionaron los seriales del vehículo y consideraron que los mismos estaban presuntamente alterados, por lo que lo retuvieron.-

El propietario rindió declaración, es decir GUILLERMO ANTONIO ROMERO MENDOZA, y manifestó que le retuvieron su vehículo porque tenía los seriales del motor devastados y supuestamente el serial que va en el piso lo habían cambiado.-

También lo hizo el conductor para el momento de la retención, es decir ALBERTO JOSE PEREZ, quien también manifestó acerca de la retención del vehículo, y que además se encontraba con el dueño del mismo.-

Consignaron del folio 09 al 18, documentos originales, tales como COMPRA VENTA entre el ciudadano LUIS ALBERTO CALDERON ROMERO y LUIS DEL VALLE FELCE, autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Maturín, el 16 de Abril de 2007; Acta de Revisión emanada de la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre; constancia de cancelación y de liberación de la reserva de dominio emanado del Banco Provincial a nombre de GUSTAVO ANTONIO BRITO; compra venta entre el ciudadano LUIS DEL VALLE FELCE QUINTERO y el ciudadano GUSTAVO ANTONIO BRITO, autenticado pro ante la Notaría Pública Segunda de Maturín, el 28 de Diciembre de 2004.-

El vehículo en cuestión fue objeto de una INSPECCION TECNICA identificada con el N° 5089, quedando sus características establecidas, es decir FIAT, SIENA, VERDE, PLACAS NAB-33X, SERIAL DE CARROCERIA ZFA1780030V014197. E igualmente fue objeto de una EXPERTICIA en sus seriales, concluyendo que la chapa identificativa del serial de carrocería es SUPLANTADA, el serial de seguridad se encuentra INCORPORADO, el del motor esta DESBASTADO y es de color verde.-

Al CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULOS se le practicó EXPERTICIA DOCUMENTOLÓGICA para determinar la AUTENTICIDAD O FALSEDAD del mismo, concluyendo que el mismo es AUTENTICO.-

Por otro lado, se encuentra el documento de compra venta ente el ciudadano LUIS ALBERTO CALDERON ROMERO y GUILLERMO ANTONIO ROMERO, del vehículo en referencia, y aún cuando es un documento privado, es evidente que surte los efectos de la posesión del vehículo.-
También consignó el ciudadano GUILLERMO ROMERO COPIA SIMPLE, del cheque a través del cual realizó el pago por la transacción de la compra venta del vehículo automotor.-

Por las razones antes expuestas, este Tribunal SEGUNDO DE CONTROL DEL ESTADO MONAGAS, hace ENTREGA en calidad de DEPOSITO y al ciudadano GUILLERMO ANTONIO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 8.813.887, un vehículo cuyas características son FIAT, SIENA, COLOR VERDE, AÑO 1998, PLACAS NAB-33X, SERIAL DE CARROCERIA ZFA1780030V014197.-

Por lo anterior, se deja constancia que el ciudadano podrá transitar libremente por la República Bolivariana de Venezuela, mas NO podrá realizar ningún tipo de transacción mercantil con respecto al mismo.-

Regístrese la presente decisión, déjese copia y remítase el oficio respectivo.-

La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH

La Secretaria,


Abg. Thais Palacios