REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto (6°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2009-006456
Visto el escrito transaccional de fecha 16 de Diciembre de 2010, presentado por la Abogada NATASHA DIAZ IPSA N° 117.262, apoderada judicial de la parte demandada, por una parte y por la otra la ciudadana JOSSIL ZAMBRANO, titular de la Cedula de Identidad N° 6.848.664, asistida en ese acto por el Abogado OLINTO GOMEZ IPSA N° 88.756, este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, vencido el lapso de cinco (05) días hábiles contados a partir de hoy exclusive, se dará por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del mismo.


El Juez

El Secretario

Abg. Felix Milano


Abg. Ronald Arguinzones