REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 09 de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP21-L-2010-0005661.-
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 07 de Diciembre de 2010, por la Abg. MIGDALIA BAENA, IPSA N° 36580; en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y por la otra el ciudadano: JOSE ANTONIO GARCIA VASQUEZ, debidamente asistido, por la Abg. MARIA DE STEFANO, IPSA n° 17.353, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual la parte demandada ofrece por vía transaccional, a los fines de poner fin al presente juicio la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bsf. 100.000,00), con ocasión a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoare el ciudadano JOSE ANTONIO GARCIA VASQUEZ, contra , COORPORACIÓN EXXA INTERNACIONAL C.A., , este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
Secretaria
Abg. Felix Milano
Abg. Vanesa Veloz
|