REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Catorce (14) de Diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-005456
PARTE ACTORA: GUSTAVO FERNANDO SARABIA DA SILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: CORPORACION NILOBAR.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO NARANJO.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.


En el día hábil de hoy Catorce (14) de Diciembre de dos mil diez (2010), siendo las 11:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la abogada DAYAN KATIUSKA ORTEGA RODRIGUEZ inpreabogado Nº 151.149 la cual no tiene en el presente expediente poder de representación que la acredite como apoderada judicial de la parte actora en el presente asunto; este Tribunal deja constancia de la comparecencia de el abogado ANTONIO SIMON NARANJO SERGIO inpreabogado Nº 70.904 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada el cual consigna documento constitutivo de la empresa demandada en copias simples constante de dieciocho (18) folios, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151 °.

El Juez

La Secretaria

Abog. Eduardo Nuñez.
Carmen Romero.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA

LA PRESENTE