REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 17 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH14-S-2008-000304
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, así como de las deposiciones de los testigos evacuados a tal efecto, este Tribunal, sin perjuicio de los derechos de terceros de acuerdo a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos HERMINIA CLEMENTINA CONA DE MONTEVERDE y JOSE LUIS MONTEVERDE RUEDA, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V.-4.253.517 y E.-719.003, sobre los particulares a que se contrae la presente solicitud.
Se ordena la devolución de las presentes actuaciones en original a la parte solicitante.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 17 días del mes de Diciembre de 2010. Años 200º y 151º.
El Juez,

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria

Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha, siendo las 10:33 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Maitrelly Vanessa Arenas