REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, veintiuno (21) de Diciembre de Dos mil diez (2010)
Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación

Vista la diligencia de fecha 16 de Diciembre de 2010, suscrita por la Abogado VANESHKA LOPEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.535, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana NELLY JOSEFINA GOMEZ MIRANDA, parte actora en el juicio que por DESALOJO sigue contra el ciudadano RUBEN RAMON PEREZ PIRELA, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción y solicita a este Tribunal se sirva homologar dicho desistimiento, este Tribunal a los fines de pronunciarse en lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:

Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“… En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda…” (OMISSIS)

Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil:
“… El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento, pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria…” (OMISSIS)

Con fundamento en los artículos antes mencionados, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.

Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiún (21) días del mes de Diciembre de 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE


LA SECRETARIA,
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley, a las puertas del Tribunal siendo las dos de la tarde. (02:00 p.m)

LA SECRETARIA,
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL


AAML/AASS/sl
Exp. N° AP31-V-2010-003919