REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 10 de Diciembre de 2.010
200º y 151º

PARTE ACTORA: MISNEY ORLEANS GOMEZ SIERRA
PARTE DEMANDADA BELTHE ARNALDO SANCHEZ CUADROS
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
EXPEDIENTE: Nº 14.227.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que los ciudadanos MISNEY ORLEANS GOMEZ SIERRA y BELTHE ARNALKDO SANCHEZ CUADROS establecieron su último domicilio conyugal en LOS JARDINES DEL VALLE CALLE 16BIS N° 06 CARACAS. VENEZUELA, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente solicitud, de conformidad con el Artículo 754 del Código de Procedimiento Civil que prevé: “El juez competente para conocer de los juicios de divorcio y separación de cuerpos el que ejerza la jurisdicción ordinaria en primera instancia, en el lugar del domicilio conyugal”. En consecuencia este Tribunal DECLINA la competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia Civil y Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que conozca de la misma. Remítase en su oportunidad legal el presente expediente.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/Nury
EXP. N° 14227