REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 09 de Diciembre de 2.010
200° y 151°
A los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el cuaderno principal, se abre el presente Cuaderno de Medidas.
Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Tribunal acuerda y DECRETA: PRIMERO: La retención sobre el 50% de las Prestaciones Sociales que pudieren corresponder al ciudadano MAIKE DANIEL CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° V-1.862.904, en caso de retiro o renuncia de la empresa donde labora.-Quien deberá remitirlo en cheque a nombre del Tribunal, para lo cual se ordena librar oficio a la empresa CADENA CAPRILES- SEGUNDO: Se ordena la retención de la quinta parte (1/5) de las Utilidades o Aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano menciomado, a los fines de cubrir los gastos navideños., a la que se haga acreedor el ciudadano mencionado, los cuales deben ser entregados a los fines de cubrir los gastos navideños, los cuales deben ser entregados al hacer efectivo su pago, a la ciudadana YADIRA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.050.586, actuando en nombre y representación de suS hijo ***** TERCERO: Se ordena la retención del equivalente de la quinta parte ( 1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, como obligación de alimentos provisional.- CUARTO: A los fines de hacer efectivo los descuentos y el pago del primer y ultimo concepto, se le anexa copia de la libreta, a fin de que practique los depósitos de los montos retenidos en la misma. QUINTO: Oficiese al Condominio del Edificio Cañaveral, o en su defecto a la Administradora de dicho Edificio, ordenando los respectivos descuentos, y se sirvan enviar a la mayor brevedad posible la constancia del sueldo total con las asignaciones y deducciones, antigüedad y beneficios contractuales del ciudadano antes mencionado.-Líbrese oficio.-
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. MAIRA ZIEMS
LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
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