Maracay, 01 de Diciembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: DP11-L-2010-001386
ACTA
PARTE ACTORA: MANUEL CASTRELLON, titular de la cédula de identidad Nº V-15.473.451.- (NO COMPARECIÓ)
APODERADO JUDICIAL O ABOGDADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: CARLOS PIERRAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.833.- (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADA: PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA VILLA DEL CARMEN, C.A (NO COMPARECIO).-
APODERADOS JUDICIAL DE LAS PARTES DEMANDADAS: (NO COMPARECIO).-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
En el día hábil de hoy, 01 de Diciembre de 2010, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio; se deja expresa constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadano MANUEL CASTRELLON, supra identificado a la realización de la Audiencia Preliminar inicial, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la no comparecencia del apoderado judicial de la parte accionada PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA VILLA DEL CARMEN, C.A, en este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.
LA SECRETARIA
ABOG. MARIORLY RODRIGUEZ
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