REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.



SOLICITANTES JOSE MANUEL MILLAN SANCHEZ e IVONNE DEL CARMEN GAMERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Núms. 14.011.016 y 16.516.043, respectivamente,. ABOGADO ASISTENTE: José Ángel Millán Canelón, de este domicilio e inscrito en el IPSA con el No. 102.642.
MOTIVO: DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO (185-A)

En fecha 10-11-2010, fue recibida por ante este Tribunal solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos arriba identificados, y asistido del profesional del derecho ya identificado.
Admitida la solicitud por el procedimiento contenido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se fijó la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Sustanciación, para el día 03-12-2010.
Siendo el día y hora fijada para la realización de la audiencia Única de la fase de mediación de la audiencia preliminar, anunciado como fue el acto por el Alguacil, se dejó constancia de la no comparecencia de los solicitantes, por lo que el Tribunal dictó el dispositivo, declarando desistido el procedimiento, extinguida la instancia y terminado el presente asunto.
Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:
Siendo el día de hoy para llevarse a efecto el acto, se anunció el mismo con las formalidades de ley, no compareciendo los solicitantes, lo cual se dejó constancia en el Acta levantada en la oportunidad de la realización de la audiencia de la fase de mediación de la audiencia preliminar, considerando desistido el presente procedimiento.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación , Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EN CONSECUENCIA TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvanse originales de los instrumentos presentados, déjese copia certificada de estos en el mismo, y expídase copia certificada a las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, A LOS TRES (03) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2010. AÑOS: 200º DE LA INDEPENDENCIA Y 151º DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZA,

ABG. ELINA CIANO DE COOLS
LA SECRETARIA,


ABG. DIANA MINERVA LEZAMA

En esta misma fecha se público y registro, siendo las 2.46 p.m. y se cumplió con lo ordenado.

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA