REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial  Laboral del Estado Aragua
 
Maracay, Dieciséis  (16) de Diciembre de Dos Mil Diez
 
200º y 151º
 
ASUNTO: DP11-L-2010-001484
 
 
Vista la diligencia que antecede presentada en fecha 10 de Diciembre de 2010,  por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD),  por el abogado CARLOS VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.223, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEXANDER ALFREDO MARTINEZ JORGE, titular de la cedula de identidad Nro. 6.238.708, parte actora en el presente asunto, y el abogado JOSE VIVES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 19.613, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada METALES ALEADOS  C.A., mediante la cual suscriben acuerdo transaccional a los fines de dar por terminado el presente asunto, este TRIBUNAL CUARTO   DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, en virtud de que el mismo no es contrario a derecho y en aplicación de las normas contenidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 de su Reglamento, 5, 6 y 11 del la  Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 255 al 262 del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica por vía de analogía, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL, dándole efecto de cosa juzgada y se ordena el cierre y archivo del expediente.  
 
LA JUEZ,
 
 
ABG. SORY MAITA GONZALEZ.
 
LA SECRETARIA,
 
 
ABG. LISENKA CASTILLO.
 
SMG/LC/edith
 
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