REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 6 de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: DP11-L-2010-001344
ACTA

PARTE ACTORA: DAISI ELISABETH FALCON FALCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.326.863 (NO COMPARECIÓ).
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLOS PIERRAL RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.994.601, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.184. (NO COMPARECIÓ).
PARTE DEMANDADA: COMUNICACIONES BAPACA, C.A. (NO COMPARECIÓ).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ISVIEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.159.866, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.971. (NO COMPARECIÓ).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, siendo las 11:00 a.m. oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar en el presente juicio, de acuerdo a auto de diferimiento dictado en fecha 01 de diciembre de 2010, se deja constancia de la incomparecía de DAISI ELISABETH FALCON FALCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.326.863 ni por si ni por medio de sus apoderados judiciales, así como la incomparecencia de la parte demandada COMUNICACIONES BAPACA, C.A. ni por si ni por medio de su apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 11.30 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y conformes las partes presentes firman el Acta.

LA JUEZA,

ABG. SORY DEL VALLE MAITA GONZÁLEZ


LA SECRETARIA,

ABG. LISENKA CASTILLO