REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DE NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA.
La Victoria, jueves, veintiuno (21) de enero de dos mil diez
199º y 150º
Nº. DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000398
PARTE ACTORA: ISNEIDY MERCEDES VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I Nro 14.390.311.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. OLIMPIA PULIDO MAÑON. INPREABOGADO Nro. 99.707.
PARTE DEMANDADA: MIGO VICTORIA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. PEDRO JULIO HERNANDEZ y el Abg. MIGUEL ROMERO. INPREABOGADO Nro. 62.998 y 121.227 respectivamente.
MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES.
Hoy jueves veintiuno (21) de Enero de 2010, siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar la prolongación de LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente juicio, previo anuncio de la audiencia, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante y de la parte demandada. Es por lo que este tribunal deja constancia de la inasistencia de la parte demandante y el demandado, ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Año 199° y 150°.
La Juez


Abg. Yuraima Lusinche


La Secretaria

Abg. Mercedes Coronado.