REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 07 de Enero de Dos Mil Diez.

199° y 150°

Vistos la diligencia y el Instrumento Poder consignados por la Abogada en ejercicio MARIA SOLEDAD MARCANO PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.039, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARIA JOSE ORSINI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.090.000, en la cual desiste de la presente acción de solicitud de Visa Americana a favor de su hijo (Cuya Identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), este Tribunal acuerda agregar a los autos el Instrumento Poder consignado por la Profesional del Derecho arriba identificada y acuerda homologar el Desistimiento del procedimiento, con base al artículo 264 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda dejar sin efecto el exhorto librado por este Juzgado en fecha 02-11-2.009, con el oficio N° 17718-09, al Juzgado Distribuidor de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para lo cual se acuerda comunicarlo al referido Juzgado. Se libró oficio N° 18035-09. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S

LA SECRETARIA

Abg. DIANA MINERVA LEZAMA



EXP. N° 7990-09
JACKISS