ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004945
PARTE ACTORA: FELIX ANTONIO APONTE CORTEZ y MARCOS GUILLERMO SILVA ROJAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OFELINA LOZANO, WILMA SALAZAR, RAMON EMILIO MIRABAL, YAMILETH ALBORNOZ BELMONTE y OFELINA LOZANO, WILMA SALAZAR, RAMON EMILIO MIRABAL, YAMILETH ALBORNOZ BELMONTE
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE COOPERACION EDUCATIVA (I.N.C.E.)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE GIOVANNI VERGINE
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de enero de dos mil diez (2010), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Juzgado, el ciudadano JOSE GIOVANNI VERGINE, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 59.135, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INSTITUTO DE COOPERACION EDUCATIVA (I,N,C,E,) En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadanos FELIX ANTONIO APONTE y MARCOS SILVA ROJAS, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA PARTE DEMADNADA

EL SECRETARIO

ABG. GUSTAVO PORTILLO