REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintisiete (27) de enero de dos mil diez
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005139
PARTE ACTORA: JOSE ANGEL CASTRO CASTILLO y JOSE ANGEL CASTRO CASTILLO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACION EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES).
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ALEYDA MENDEZ DE GUZMAN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Hoy, Miércoles (27) de enero de 2010, a las 11:00, A.M., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la apoderada judicial de la parte demandada ALEYDA MENDEZ DE GUZMAN, inscrita en el IPSA bajo N° 11.243, cualidad que se desprende de autos. Dándose inicio a la audiencia. Se deja expresa constancia que la parte actora, identificada a los autos, no compareció a la celebración de la audiencia preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°
La Juez
La Secretaria
Abog. Zaira Faneite Bravo
Abog. Carla Orejarena
LA PRESENTE
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